ColorIuris: Colores de autor.

Ví­a P.J.Canut:

El pasado 25 de mayo de 2.005 con ocasión de las (mini) jornadas copyleft tuve la fortuna de compartir en una charla mis idéas acerca de la cultura libre e intenté transmitir al foro que desde la normativa vigente en España se podí­a fomentar la cultura libre; que nuestro derecho estaba preparado (a pesar de los pesares ;) ) para afrontar ese reto. Hablé de los derechos morales y de las bondades del sistema continental (el de aquí­, el de nuestros vecinos y el de América – ¿o no tienen más derecho 2/3 partes de un continente a llamarse América que un sólo paí­s? ).

El escepticismo inicial se fue transformando en cierta credibilidad; o más bien en “ganas de creer” y, como habí­a mucho “jovenacho” (que envidia esa frescura y esa “insolencia”) me retaron a demostrar que lo que decí­a era cierto, y despertaron un proyecto que habí­a comentado hací­a un tiempo con otros amigos ; crear unas soluciones de derechos de autor que, ajustándose al derecho vigente, fomentaran la libre circulación de la cultura.

Y, de aquella charla salió este artí­culo, auténtico boceto de lo que hoy les presento; y por las mismas fechas estos otros .

Como dijo una vez un Abogado las leyes se parecen mucho al software libre, y los abogados no somos sino programadores que desarrollamos contratos, demandas, dictámenes a partir de un código, el “código jurí­dico”, y encontramos “bugs” y…y somos muy molestos para los poderes públicos. Porque – añado – no olviden nunca que La Defensa (institución) es la garante del Estado de Derecho; y a las multinacionales no les gustamos, por que aunque domestiquen a muchos – y es difí­cil, creanme – siempre habrá alguna “mosca cojonera” ;)

Después de muuuuchas horas, pocos – pero inestimables – apoyos, y mucho Skype (gracias Antonio), con el orgullo que da el nacimiento de un hijo, pero con la humildad de saber, y hacerles saber, que se trata de una beta (a la que pronto acunaremos en mejores máquinas), pongo a disposición de la sociedad red las cesiones de derechos de autor COLORIURIS.

No son un “contra nada”; son – sólo – el trabajo de desarrolladores trabajando con código – código informático y código jurí­dico; con un único fin, dotar a los autores de contenidos de una herramienta jurí­dica que les permita ceder sus obras, con efectos legales y con respeto a sus derechos morales.

- Enviado el Viernes, Octubre 21st, 2005 a las 19:59:29.
- Archivado en Cultura y libertad.
- Seguir comentarios: RSS 2.0.
- Comentarios y pings deshabilitados.

Comentarios cerrados.